Este miércoles se oficializó la medida a través de la resolución 1050 de la Secretaría de Comercio Interior. En la provincia de Córdoba, incluye 1.373 artículos.
Publicado en el Boletín Oficial, comienza a regir «la fijación de precios máximos de venta al consumidor de bienes de consumo general», incursionada por Roberto Feletti, secretario de Comercio Interior de la Nación.
La resolución 1050/2021 de la cartera que conduce fue publicada en el Boletín y los precios ‘congelados’ de más de 1.400 productos se encuentran en vigencia.
La medida retrotrae valores de artículos incluidos en la «canasta de consumo de los hogares» al 1º de octubre, y rige hasta el 7 de enero. Se aclara, a su vez, que «podrá prorrogarse» si las condiciones persisten.
Se asegura que en todos los distritos de la Nación se alcancen las bases en los rubros Cuidado Personal, Almacén y Limpieza. En la provincia de Córdoba, son 1.373 productos.
La búsqueda central de la medida apunta a reducir en la población el fuerte impacto de la inflación, que durante septiembre volvió a impactar con un nuevo ascenso.
Entre los considerandos, se recuerda la emergencia «económica, sanitaria y social» vigente en el país y condicionada por la pandemia. Se apunta a la obligación del Estado de «asegurar el acceso sin restricciones a los bienes básicos, especialmente a aquellos tendientes a la protección de la salud, alimentación e higiene individual y colectiva».
Por otro lado, se aclara que fracasaron «reuniones con actores involucrados a fin de consensuar diversos mecanismos para asegurar el abastecimiento normal y comercialización», en donde no hubo «avances significativos» .
Recurriendo a la ‘Ley de Abastecimiento’, el texto aclara que en los últimos tiempos «se han anunciado y verificado aumentos generalizados en el precio de venta de productos», los cuales «resultan irrazonables y no se corresponden con las variaciones recientes de las estructuras de costos de producción».
Asimismo, se intima a las empresas «que forman parte de la cadena de producción, distribución y comercialización» incluidas a «incrementar su producción hasta el más alto grado de su capacidad instalada y arbitrar los medios a su alcance para asegurar su transporte y distribución con el fin de satisfacer la demanda creciente de la población».























